Este post es parte del Proyecto NotiRetro: El Juicio a Juana de Arco (2018) Podcast.
Objetivo Principal: Informativo-histórico. Objetivo Secundario:
Caracterización de la variable guerrera-femenina dentro del aspecto militar.
¿La Rebelión es un derecho del oprimido?
Juana de Arco consideró que también se trataba de una
obligación moral. Los delitos de
rebelión son juzgados. Llama la atención un caso en particular totalmente
descontextualizado y que pretende entender lo anterior. Se llevó a cabo en 1431
en el Juicio a Juana de Arco. Para ello he tomado como referencia, algunas
ideas de la cinta de Luc Bensson de 1999 (En Línea. Disponible en gloria.tv
Consulta: 12/XI/2018).
• En aquél
tiempo Francia estaba invadida por Inglaterra, por lo que no se había
constituido en una República Parlamentaria. Los franceses sufrían de crisis
económicas y alimentarias a causa de la intervención.
Cuando los ingleses atacaron la ciudad de Orleáns en 1429, surgió la
extraordinaria figura legendaria de la jovencita lorenesa Juana de Arco
(1412-1431), doncella inflamada de gran patriotismo y exaltación religiosa
nacida en el pueblo de Domremy y afirmaba haber recibido la orden de las Santas
Catalina y Margarita y del arcángel Miguel de ayudar al delfìn Carlos. Esta
obtuvo del soberano la formación de un pequeño
y disciplinado ejército con el consiguió levantar (liberar) el
sitio de Orleàns (en dos semanas),
vencer y coronar al rey de la ciudad de
Reims (Julio de 1429). Durante el sitio de Compiégne, los franceses hicieron
una salida desventurada. Juana fue hecha prisionera por la tropa borgoñona y
entregada por Juan de Luxemburgo a los ingleses (1430).
• Fue encerrada en las cárceles de la Inquisiciòn y
condenada por un tribunal que presidìa Pierre Cauchon, obispo de Beuvais. Los
juicios estaban determinados por instituciones eclesiásticas, en particular
éste donde la figura celestial estuvo de por medio en el proceso de rebelión
que incitó Juana de Arco, una campesina analfabeta. Cuando Juana es capturada,
El tribunal eclesiástico manifiesta cierta incredulidad ante las “visiones” que
impulsaron a la joven de 19 años a llevar a cabo el acto de rebelión para
nombrar a Carlos, Rey de Francia; hasta que ella firma una confesión… A partir
de ése momento, el obispo y su equipo declara que en ese momento deja de ser un
mártir de la Iglesia y se convierte en un mártir del Rey Enrique de Inglaterra.
El bochornoso castigo la conduce a la hoguera.
En el mismo orden de ideas es oportuno tomar en cuenta otras
fuentes cinematográficas, como la cinta que la Cineteca Nacional señala de:
Robert Bresson (Dir.). Procés de Jeanne d´Arc. Francia:1962, 65 mins.
Se dice que la obra de Juana de Arco fue
contundente para que las tropas francesas avanzaran sobre Parìs y recuperaran,
màs tarde, a manos de Carlos VII los territorios sublevados de Normandía…
JUANA DE ARCO, DESPUÉS DE MUERTA, FUE ABSUELTA DE TODA
CULPA, EL 7 DE JULIO DE 1456, EN ROUEN
"Nosotros
decimos, pronunciamos, decretamos que el proceso de condena y las sentencias
que siguieron (en contra de Juana de Arco), están contaminadas de dolo,
calumnias, iniquidad, contradicciones, errores manifiestos de hecho y en
derecho, y así la abjuración, las ejecuciones y todas sus consecuencias, ha
sido, son y serán solos, sin valor, sin efecto, sin autoridad.
"Y
por lo tanto, como es necesario y la razón lo ordena, nosotros los destruímos,
suprimimos, anulamos y declaramos sin valor; nosotros declaramos que tanto la
antes mencionada Juana, como sus deudos y ponentes, defensores, no han
contraído ni han incurrido durante las antes mencionadas sesiones y sentencias,
en ninguna falta o mancha infamante.
"Ordeamos
que la ejecución o proclama solemnne de esta presente sentencia tenga lugar, si
demora, en esta ciudad, en dos lugares: hoy mismo, en la plaza de San Oven, después
de una procesión general y un sermón solemne; y en segundo lugar,mañana,en el
Mercado Viejo, es decir,donde la antes mencionada Juana ha sido ejecutada por
medio del cruel y horrible suplicio del fuego, con una solemne predicación que
se hará en ese mismo lugar, donde también se plantará una cruz, en memoria
perpetua, y para pedir a Dios por la salud eterna de la antes mencionada Juana
y otros difuntos. Nos reservamos además el derecho, siempre que lo consideremos
conveniente, de ordenar la ejecución, promulgación y significación ulterior,
porque se recuerde en el futuro de nuestra sentencia, en las otras ciudades y
principales lugares de este reino, y de tomar todas las medidas que sean
necesarias"
(Declaración leída por el Arzobispo de Reina, JEAN JUVENAL
DES URSINS).